TRANSFERENCIAS DE VEHÍCULOS: DOCUMENTACIÓN NECESARIA Y ADVERTENCIAS

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Hoy en día, y debido a la situación económica actual, es muy frecuente la compra-venta de vehículos de segunda mano.A la hora de  comprar/vender un vehículo de esas características,nuestros clientes siempre nos preguntan: «¿Qué papeles os tengo que llevar?». Pues bien, vamos a tratar en este post de indicaros la documentación necesaria para poder realizar los trámites.

Para la compra-venta entre particulares personas físicas,necesitamos la siguiente documentación:

-Copia del D.N.I o N.I.E de comprador y vendedor

-Copia del contrato de compra-venta firmado.( Podemos elaborarlo en el despacho si así nos lo solicitáis)

-Documentación original del vehículo en cuestión( permiso de circulación y ficha de inspección técnica)

– Lo que nosotros llamamos «mandatos» firmados por comprador y vendedor, que no son más que unos documentos donde comprador y vendedor nos autorizan a realizar los trámites ante la Jefatura de Tráfico.(Los proporcionamos en el despacho)

Para la compra-venta donde una de las partes es persona jurídica(sociedades), necesitamos la misma documentación, pero añadiendo la factura emitida por la parte vendedora.

Advertencias

– Es fundamental que en el D.N.I del comprador, figure su dirección actual y real. Tráfico tomará esa dirección( y sólo esa) como buena.Esto quiere decir que cualquier comunicación, multa, etc llegará a ese domicilio, y si no es el vuestro real, o el de alguien de confianza que se haga cargo de haceros llegar esas»comunicaciones», se pierden y os podéis encontrar con sorpresas de embargos en nóminas, en devoluciones pendientes con la AEAT(Por ejemplo, os podéis encontrar que al no haber recibido una multa de tráfico en el domicilio correcto, a la hora de la devolución de vuestra renta os descuenten el importe de la misma). Se puede aportar certificado de empadronamiento en la dirección actual si en el dni no consta la correcta, de esa forma tráfico admitirá la dirección del padrón.

– El impuesto de transmisiones lo debe de liquidar el comprador en la provincia en la que resida. Es por ello que si el comprador es de otra provincia, hay que mandar liquidar transmisiones en la misma, lo que complica un poco los trámites. Nuestro despacho cuenta con colaboradores para ello.