NUEVAS MEDIDAS PARA AUTÓNOMOS(LEY 31/2015)

El pasado 10 de Septiembre se publicó en el BOE la Ley 31/2015, muy esperada por el colectivo de autónomos, ya que con ella se pretende incentivar las medidas vigentes destinadas a «facilitar» un poco la vida al citado colectivo.

Las medidas que consideramos más relevantes y de mayor transcendencia son:

1. Se elimina el requisito del trabajo personal para acceder a la tarifa plana. De esta forma los autónomos que contraten trabajadores podrán seguir beneficiándose de la citada tarifa, cosa que no ocurría con la anterior legislación.

2. Se concreta una cuantía en números redondos a la que asciende la»tarifa plana». Se concreta en 50€ exactos, no 53,07€ como venía siendo durante los primeros seis meses de actividad; especificándose que se aplicará a los autónomos que opten por la base mínima de cotización ( si se elige una más elevada, se concretará en una reducción del 80% de la cuota correspondiente a la base de cotización elegida).

3. Bonificaciones en la cuota de autónomos en el caso de tener que contratar interinos para sustituir al autónomo en situaciones de maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo o lactancia. De esta forma, si un autónomo tiene que contratar un interino para sustituirle en las situaciones citadas, le sale «gratis» su cuota de cotización a la seguridad social(«autónomos»), pero sin condicionarlo ya sólo a los autónomos que no tuvieran trabajadores. Socios de cooperativas y de sociedades laborales también se podrán acoger a esta medida.

4. Se elimina la barrera de la edad en la posibilidad de compatibilizar el paro con el trabajo por cuenta propia. Así, todos los autónomos, no sólo los menores de treinta años como hasta ahora, podrán trabajar y cobrar el paro a la vez.

5. Se amplia el plazo para poder reanudar la prestación por desempleo si se cesa la actividad como autónomo. Los autónomos que tengan que cesar su actividad, podrán reanudar su prestación por desempleo hasta cinco años después de haber iniciado su actividad(60 meses), en lugar de dos años como hasta ahora.

6. Capitalización del 100% de la prestación por desempleo, independientemente de la edad. Hasta ahora sólo se podía acceder a la capitalización del 60% del «paro» si no eras menor de 30 años. Cuando se pretenda capitalizar el 100% del «paro» para realizar una aportación a una sociedad mercantil, se requerirá que el beneficiario pase a ostentar, tras su aportación, el control efectivo de la sociedad.

7. Ampliación de bonificaciones para autónomos colaboradores. Se amplía la bonificación hasta 24 meses, frente a los 18 que se establecen actualmente, aunque la bonificación en esos seis meses adicionales será de sólo el 25%, no del 50%.

La Ley integra también otras medidas de para incentivar la economía social, que no hemos detallado por no alargar el post.

El único inconveniente es que habrá que esperar al 10 de Octubre para que todas esas medidas entren en vigor, así que un poquito de paciencia amigos autónomos.